lunes, 14 de agosto de 2017

INFORMACIÓN IMPORTANTE

Saludos, chic@s, la presente tiene el propósito dejar alguna información acerca del REGLAMENTACIÓN, NORMAS COMPLEMENTARIAS Y RESOLUCIONES SOBRE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES, , que es el reglamento que rige a la UNEFM, sobre las consideraciones  a que se refiere y que durante este semestre será de obligatorio cumplimiento, y por ende se dejan algunos artículos para su estudio, el reglamento puede ser descargado en la web, a fin de que como estudiantes puedan verificar el mismo, fundamentalmente se refiere al volumen de materias a cursar y aunque el sistema permite su inscripción durante este semestre es probable que el sistema revote algunas asignaturas por estar en algún caso que se describe a continuación, cualquier duda o pregunta ya conocen los medios para hacerla.
DEL REGLAMENTO:
Artículo 6º.A cada asignatura, así como a los seminarios y otras actividades que se especifiquen, se les asigna un determinado número de unidades de crédito.
Artículo 10º.En cada lapso el estudiante, puede elegir las asignaturas de acuerdo a sus necesidades y capacidades, ajustándose a las limitaciones que establezca el programa respectivo y las normas de este reglamento.
Artículo 11º. Para garantizar el progreso del estudiante y de acuerdo con la planificación del trabajo del docente, no se permitirá tomar créditos en una cantidad superior a la capacidad del estudiante, la cual estará determinada en base a los estudios elaborados por la Sección e Evaluación de la respectiva Área.
Artículo 47º. El avance de un alumno de un semestre a otro será condicionado por un aspecto la prelación de la unidad curricular.
Artículo 48º. El índice académico exigido será determinado por el Consejo Universitario para continuar en la dirección vertical de la carrera a nivel de la primera salida horizontal.
Artículo 49º. La repetición de una asignatura por quinta vez tiene que ser autorizada por el Consejo de Área.
DE LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS:
DECIMA QUINTA: La oficina de admisión y control de estudio está autorizada para realizar las inscripciones de asignaturas en segunda repitencia hasta la quinta a partir de lo que establezca el consejo de área según artículo 49.
DECIMA SEXTA: Los alumnos que resulten aplazados en condiciones de créditos deberán ser autorizados por el respectivo consejo de área para inscribirse condicionalmente en todas las asignaturas del semestre inmediato superior. Si la asignatura pendiente tiene una prelación con alguna o algunas del semestre superior no podrán rendirse los exámenes de esta sin haber aprobado primeramente aquella.


RECORDAD CONTINUAMENTE REVISAR VUESTRO USUARIOS, PUES EL SISTEMA AUTOMÁTICAMENTE PODRÁ ELIMINAR UNA ASIGNATURA, DE IGUAL MODO EN LOS PRÓXIMOS DIAS SE PUBLICARA LISTA CON ESTUDIANTES CON EXCESO DE CREDITOS, A FIN DE QUE ESTEN TRANQUILOS. 

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