Saludos, chic@s, la
presente tiene el propósito dejar alguna información acerca del REGLAMENTACIÓN,
NORMAS COMPLEMENTARIAS Y RESOLUCIONES SOBRE
EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES, , que es el reglamento que rige a la UNEFM,
sobre las consideraciones a que se
refiere y que durante este semestre será de obligatorio cumplimiento, y por
ende se dejan algunos artículos para su estudio, el reglamento puede ser
descargado en la web, a fin de que como estudiantes puedan verificar el mismo,
fundamentalmente se refiere al volumen de materias a cursar y aunque el sistema
permite su inscripción durante este semestre es probable que el sistema revote
algunas asignaturas por estar en algún caso que se describe a continuación,
cualquier duda o pregunta ya conocen los medios para hacerla.
DEL
REGLAMENTO:
Artículo 6º.A cada asignatura, así como a los seminarios y
otras actividades que se especifiquen, se
les asigna un determinado número de unidades de
crédito.
Artículo 10º.En cada lapso el estudiante, puede
elegir
las asignaturas de acuerdo a sus necesidades y
capacidades, ajustándose a las limitaciones que establezca
el programa respectivo y las normas de este reglamento.
Artículo 11º. Para garantizar el progreso del
estudiante
y de acuerdo con la planificación del trabajo del docente, no
se permitirá tomar créditos en una cantidad superior a la capacidad del estudiante,
la cual estará determinada en base a los estudios elaborados por la Sección e
Evaluación de la respectiva Área.
Artículo 47º. El avance
de un alumno de un semestre a otro será condicionado por un aspecto la
prelación de la unidad curricular.
Artículo 48º. El índice
académico exigido será determinado por el Consejo Universitario para continuar
en la dirección vertical de la carrera a nivel de
la primera salida horizontal.
Artículo 49º. La repetición de una asignatura por
quinta
vez tiene que ser autorizada por el Consejo de
Área.
DE LAS
NORMAS COMPLEMENTARIAS:
DECIMA QUINTA: La
oficina de admisión y control de estudio está autorizada para realizar las inscripciones
de asignaturas en segunda repitencia hasta la quinta a partir de lo que
establezca el consejo de área según artículo 49.
DECIMA SEXTA: Los
alumnos que resulten aplazados en condiciones de créditos deberán ser
autorizados por el respectivo consejo de área para inscribirse condicionalmente
en todas las asignaturas del semestre inmediato superior. Si la asignatura
pendiente tiene una prelación con alguna o algunas del semestre superior no
podrán rendirse los exámenes de esta sin haber aprobado primeramente aquella.
RECORDAD CONTINUAMENTE
REVISAR VUESTRO USUARIOS, PUES EL SISTEMA AUTOMÁTICAMENTE PODRÁ ELIMINAR UNA
ASIGNATURA, DE IGUAL MODO EN LOS PRÓXIMOS DIAS SE PUBLICARA LISTA CON
ESTUDIANTES CON EXCESO DE CREDITOS, A FIN DE QUE ESTEN TRANQUILOS.
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